20, años de prisión a un joven, por haberse robado, un celular y 500 pesos

POR:ALEJANDRO SANTANA

 

A, mi no me han impactado los 20 años impuesto por un tribunal a un joven, que se robó un celular y 500 pesos, él se lo robo y lo confiesa cuando critica que, a el  por esa simpleza lo hayan condenado a 20 ños, mientras que a otros que se han robado el dinero del horario público, lo han dejado en libertad…. Buen razonamiento, entienden muchos…

Pero ocurre que en materia jurídica, en el seno del pueblo llano hay mucha ignorancia, sobre aspectos legales, se desconoce que hay  calificaciones tipificaciones diferentes en las acciones delictivas… Robos calificados y agravados, que identifican las circunstancias  sobre las cuales se ha cometido el delito.

Que, pasa, pasa, que el morbo mediático, que tienda a jugar con la ignorancia de las personas, se ha puesto de manifiesto en las redes, nadie se ha interesado en esclarecer esas intríngulis y es por la razón de que existe muchos desconocimientos sobre casos jurídicos en nuestra gente y los especialistas en ocasiones no se arriesgan en arrojar luz sobre tema que el ciudadano común a enjuiciado partiendo de su ignorancia.

Los robos tienen sus tipificaciones, en materia jurídica, hay robos simples, hay robos agravados, que son aquellos en que el delincuente penetra a una vivienda, rompiendo para tales fines, pone en peligro la vida de las víctimas, o causa herida, o simplemente tiene un arma visible.

Cuando eso ocurre, ya no estamos hablando de ratería común… Entre las agravantes está el hecho de producir herida a la víctima, con armas blancas o de fuego, ese delito amerita una condena de 30 años, hay otras tipificaciones que  imponen al victimario de 5  a diez, de diez a 15 y de 15ª veinte.

Pero que ocurre, el incriminado no necesariamente debe ser feo o bonito, rico o pobre, hay todo  un proceso que comienza en el apresamiento, sometimiento a medida de cohesión, donde se comienza con la aplicación que el fiscal logre a través de las pruebas… Luego de eso viene el juicio de fondo, donde el acusador, fiscal, tiene que  aportar elementos probatorios a fin de convencer al o, a los jueves de la culpabilidad del sometido.

Los asuntos jurídicos, no son como  se quisiera que fueran, hay todo  un andamiaje jurídico que deben ser cumplidos y demostrados por el acusador…A nadie le cantan, 10, 20, o 30 por feo o bonito, ni por  pobre o rico…Las acciones cometidas por el encartado son las que determinaran a cuantos años usted ha jugado con sus malas acciones… Además hay que tener en claro que a nadie lo juzgan si no cuenta con un defensor, sea un abogado pagado por usted o un defensor público de esos  que aporta el sistema.

Finalmente recomiendo a mis amigos de las redes que antes de emitir juicios en materia Jurídica se comuniquen con un buen profesional que ellos siempre están dispuestos a edificar en materia jurídica…..Por mi parte yo me he asesorado con un grupo jurídico de calidad que está ahí dispuestos a aportar sus conocimientos para arrojar luz en materia jurídica, me refiero al Grupo jurídico Gómez y Asociados…. Gracias, Ariel por darme luz, sobre este tema

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